La condena de 25 años de prisión impuesta al expresidente Alberto Fujimori por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta “cumplió plenamente con las exigencias” de la extradición de Chile, sostuvieron a través de un comunicado los jueces César San Martín, Víctor Prado Saldarriaga y Hugo Príncipe Trujillo.
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Los integrantes de la Sala Penal Especial que condenó a Alberto Fujimori consideraron de esta manera que no procede ninguna revisión de la condena contra el exmandatario porque no hay elementos que prueben su inocencia.
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“No procede ninguna acción de revisión, por lo que su admisión y procedencia deviene en ilegal y configura delito de prevaricato”, indicaron.
Los jueces ratificaron la pena de 25 años de cárcel contra Fujimori, ante el eventual pedido de revisión de sentencia que exige la defensa de Fujimori.
“Ratificamos el contenido y la plena independencia de las decisiones judiciales emitidas, en su oportunidad, por el órgano jurisdiccional que integramos, en ejercicio legítimo de las funciones constitucionales y legales”, expresaron en el comunicado.
LESA HUMANIDAD
Asimismo, los magistrados aclararon que los hechos en Barrios Altos y La Cantuta se consideran como delitos de lesa humanidad.
“Es de anotar que la consideración de crímenes de lesa humanidad fue planteada y debatida en el juicio oral”, añadieron.
Recalcaron, además, que Fujimori fue condenado por los mismos delitos que aparecen en la sentencia de extradición que dictó la justicia chilena, es decir, homicidio calificado, lesiones graves y secuestro agravado.
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