El Ministerio de la Producción publicó un nuevo decreto que reserva las 10 millas marinas para la extracción de anchoveta destinada exclusivamente al consumo humano directo.
Se adoptó esta medida luego de que la Corte Suprema declarara la inconstitucionalidad del Decreto Supremo 005.
La nueva norma señala que en la zona de reserva se realizarán actividades extractivas artesanales en embarcaciones de hasta 10 metros cúbicos.
También está permitida la pesca a menor escala para los barcos de entre 10 y 32.6 metros cúbicos que podrán utilizar desde la milla 5 hasta la 10.
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