Adolfo Guevara,Opina.21
aguevara@peru21.com
A través de la recertificación –forma periódica de estar actualizados–, el CMP autoriza a diversas sociedades a ofrecer cursos de capacitación. Nos parece que las autoridades deben sentarse para conversar sobre la conveniencia de solicitar dicho pago. No es una suma exorbitante, pero el hecho es que se intente cobrar dicho derecho ya que el CMP es la institución que avala a las sociedades. Esto puede generar que las sociedades cobren por cada informe pericial que solicita con frecuencia el CMP. Nos preguntamos ¿quién pagará los honorarios que la sociedad trate de cobrar si el impasse no se soluciona? Lógicamente, será el usuario; es decir, la persona que necesita una opinión técnica que solo la puede dar el comité científico de la sociedad pertinente. Invocamos a las partes a solucionar este problema.
Si te interesó lo que acabas de leer, recuerda que puedes seguir nuestras últimas publicaciones por Facebook, Twitter y puedes suscribirte aquí a nuestro newsletter.