Fabiana Sánchez (fsanchez@peru21.com)
El 15 de julio vence el plazo para que las empresas realicen el pago de la gratificación. En esta nota le explicamos cuánto debe recibir por este beneficio.
Tenga en cuenta: este aguinaldo será 22% superior respecto a la remuneración neta que recibe el trabajador cada mes, debido a que la ‘grati’ no tendrá el descuento del aporte previsional (13%), ya sea al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o a las AFP.
Además, el aporte que el empleador debe efectuar al Seguro Social de Salud (Essalud), el 9% sobre la remuneración, será abonado como una bonificación extraordinaria.
AUMENTO
De la sumatoria de ambos porcentajes se obtiene el 22% de aumento.
En el caso de los trabajadores afiliados a una empresa prestadora de salud (EPS), el empleador no paga a Essalud un 9%, sino un 6.75% (la diferencia va a la EPS). Por esto, para ellos el bono será de 6.75% y su gratificación será un 19.75% superior al sueldo neto mensual.
El sueldo de referencia es el que recibió el trabajador en junio. Si tuvo un aumento de remuneración ese mes, también será tomado en cuenta. Se recibe una ‘grati’ completa si el trabajador ha laborado los últimos seis meses, de enero a junio. De lo contrario, el pago será proporcional al tiempo laborado.
Debe saber que este beneficio sí está afecto al pago del impuesto a la renta (IR) de quinta categoría (trabajadores en planilla).
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