09.MAY Jueves, 2024
Lima
Última actualización 08:39 pm
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¿Cuál es el poder notarial que corresponde otorgar?

Hay tres tipos: carta con firma legalizada, poder fuera del registro y escritura pública. Todos se tramitan ante un notario.

FABIANA SÁNCHEZ
fsanchez@peru21.com

Si necesita realizar un trámite, pero no está en las condiciones de hacerlo o no cuenta con el tiempo necesario, puede encargarle a una tercera persona que lo lleve a cabo.

Enrique Becerra, decano del Colegio de Notarios de Lima, señala que existen tres tipos de poderes que se pueden utilizar: carta con firma legalizada, fuera del registro y escritura pública.

El primero, explica el experto, está referido a los procedimientos que involucran cantidades menores a la mitad de una UIT (S/.1,850).

“Se concede la potestad para procesos simples. Por ejemplo, para que cobre el alquiler de una casa o solicite algún servicio como agua o luz”, manifiesta.
El poder fuera del registro se utiliza para gestiones que involucren pagos de entre la mitad de una UIT y tres UIT (S/.11,100).

“Este documento se emplea para procedimientos administrativos y cobro de remuneraciones. También incluye procedimientos penales por faltas”, indica.

ESCRITURA
Por último, refiere Becerra, se encuentra la escritura pública para montos superiores a las tres UIT.

“Es fundamental en la compra o venta de inmuebles o bienes como automóviles. Además, se requiere para los procedimientos judiciales”, precisa.

1. Costo
La carta poder cuesta en promedio S/.5, el poder fuera de registro S/.40 y la escritura pública, S/.100.

2. Tiempo
La carta es válida por 90 días. El poder fuera de registro, por un año. La escritura pública es indefinida.

3. Datos
Para la escritura se pide la identificación biométrica que permite verificar la base de datos de la Reniec.

4. Sunarp
La escritura pública también debe inscribirse en los Registros Públicos para que tenga validez.

5. DNI
Si quiere otorgar cualquiera de los tres poderes es fundamental que su DNI se encuentre actualizado.


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