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Sepa cómo retirar su CTS de acuerdo con la nueva norma

El empleador deberá comunicar a los bancos el monto intangible de este beneficio del trabajador para que pueda retirar el excedente de cuatro sueldos.

Sepa cómo retirar su CTS de acuerdo con la nueva norma. (USI/Referencial)
Sepa cómo retirar su CTS de acuerdo con la nueva norma. (USI/Referencial)

La Asociación de Bancos del Perú (Asbanc) informó que el empleador deberá comunicar a la entidad financiera el monto intangible de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del trabajador para que pueda hacer el retiro del excedente de cuatro sueldos.

El gremio bancario recomendó que el trabajador que desee retirar parte de su CTS, de acuerdo a las nuevas disposiciones del gobierno, deberá tener una carta de la empresa donde labore, en la que debe constar tanto el monto de dinero intangible como el monto liberado.

Si el trabajador no tiene dicha carta el trámite podría complicarse, ya que no se tiene la cantidad precisa a retirar que la entidad financiera requiere.

Como se sabe, por disposición del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 001-2014, los trabajadores ahora pueden retirar el 100% del excedente de cuatro sueldos por concepto de CTS hasta el 31 de diciembre del 2014, medida adoptada por el gobierno para dinamizar la economía.


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