Katherine Maza
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el reglamento de pólizas de microseguros para promover el desarrollo estos productos y sean accesibles para los microempresarios y personas de bajos ingresos. Con ello se establece que estos se adapten a las necesidades de su público objetivo, sin necesidad de una evaluación previa por parte de las aseguradoras.
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CARACTERÍSTICAS
Carla Chiappe, intendente de Supervisión de Reaseguros de la SBS, comentó que los microseguros pueden ser personales, como el de vida, salud, accidentes, entre otros, o patrimoniales, que cubren los bienes en general, como el seguro contra incendios o robos.
En cuanto a las características de estos nuevos productos, señaló que deberán ser más claros, sencillos, con pocas condiciones y de bajo costo para que el público objetivo (segmentos C y D, principalmente) pueda acceder a ellos sin dificultad. También deberán contar con un procedimiento de atención de menor plazo que los seguros tradicionales.
En el caso de la prima o pago mensual, esta no deberá superar el 2% de la remuneración mínima vital (RMV); es decir, no podrá ser mayor a S/17. Si el usuario incumple con la mensualidad, se suspende automáticamente la cobertura, siempre y cuando no se haya convenido algún plazo adicional para efectuar el pago.
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En cuanto a la comercialización, Chiappe señaló que los microseguros podrán venderse directamente a través de las empresas aseguradoras, con la intermediación de corredores de seguros o mediante cajeros corresponsales de las empresas del sistema financiero, como bodegas, supermercados, farmacias, entre otros.
MENORES COSTOS
La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg) se manifestó a favor del reglamento, afirmando que este promoverá la creación de seguros de bajo costo. “Con una oferta adecuada, las familias peruanas también irán conociendo mejor las alternativas que tienen para administrar sus riesgos y proteger sus finanzas”, indicó la asociación.
Por su parte, la economista Giovanna Prialé dijo que una de las ventajas de la norma es la comercialización, la cual, al incorporar a un tercer agente que venderá los seguros –lo cual reduce los costos de venta para la aseguradora–, permite tener un canal que fomente el acceso y la venta colectiva.
“Hay tres temas importantes. En primer lugar, es un paso significativo para que se desarrolle el mercado de microseguros, pero tiene que ir de la mano con una mejor educación para los consumidores y que debería ser asumida por las aseguradoras. En segundo lugar, el comercializador tendrá un papel significativo y, tercero, la venta colectiva reducirá costos”, añadió.
DATOS
- El reglamento ha sido aprobado por la Resolución SBS N°2829-2016 y se encuentra bajo el marco de la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera (ENIF).
- Al cierre del 2015, se registraron 893,568 usuarios de microseguros.
- El mercado peruano cuenta actualmente con 19 empresas de seguros.
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