Katherine Maza
Las empresas que no abonen a sus trabajadores del régimen laboral de la actividad privada las gratificaciones por Fiestas Patrias serán multadas, informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
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Asimismo, el 15 de julio próximo vence el plazo para que los empleadores realicen el pago correspondiente, el cual equivale a una remuneración mensual exonerada de descuentos como el aporte al sistema de pensiones.
LAS MULTAS
Las sanciones por incumplir con el pago de dicho beneficio social oscilan entre los S/3,950 hasta los S/197,500; ello dependerá del tipo de empresa y el número de trabajadores afectados. Son consideradas una infracción grave en materia de relaciones laborales.
Es así que en el caso de una pequeña empresa, las multas irán entre S/3,950 (1 Unidad Impositiva Tributaria – UIT) hasta los S/39,500 (10 UIT). Por otro lado, si las empresas son consideradas de régimen general o no mype, pagarán desde S/11,850 (3 UIT) hasta S/197,500 (50 UIT).
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En el régimen de la pequeña empresa y trabajadores del hogar, la gratificación equivaldrá al 50% de la remuneración.
DATO
- El trabajador recibe dos gratificaciones al año, una en julio (Fiestas Patrias) y otra en diciembre (Navidad) como derecho laboral.
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