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Gobierno promulgó ley que crea mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial

La reducción será variable. En zonas con la tarifa más alta, la disminución será mayor y podrá llegar hasta un 69%.

Gobierno promulgó ley que crea mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial. (USI)
Gobierno promulgó ley que crea mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial. (USI)

El Gobierno del Perú promulgó este martes la Ley N°30468, que permite crear el mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial, que fue aprobada previamente por el Congreso de la República.

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Esta norma permitirá que los recursos del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE) se puedan destinar a reducir la tarifa eléctrica a los usuarios finales, en especial en las zonas rurales del interior del país.

Con la promulgación se espera beneficiar a casi 3 millones de usuarios a nivel nacional, así como establecer un marco normativo que evite impactos negativos en las tarifas eléctricas de algunos sectores residenciales y eliminar las inequidades en el pago por la energía, comparando Lima con el interior del país.

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Cabe recordar que la ley fue publicada hoy en el diario oficial El Peruano y señala que el mecanismo es aplicable a todos los usuarios residenciales del servicio público de electricidad, independientemente de su ubicación geográfica y del sistema eléctrico al que pertenezcan.

SOBRE LA TARIFA
La reducción de la tarifa será variable. En las zonas con tarifa más alta, la disminución será mayor y podrá llegar hasta un 69%.

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Además, el mecanismo de compensación se financiará con saldos disponibles del FISE. Este tendrá un tope máximo a desembolsar de anualmente S/180 millones, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) determinará la metodología de aplicación y el monto que el FISE deberá transferir mensualmente a las distribuidoras eléctricas a cargo de la aplicación del mecanismo de compensación.

Finalmente, la norma indica que en un plazo máximo de 90 días deberá estar listo el reglamento de la ley y ser aprobado por los ministerios de Energía y Minas (MEM) y el de Economía y Finanzas (MEF).


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