A partir de hoy solo se cobrarán seis categorías de comisiones por uso de tarjetas de crédito, luego de que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) uniformizara las categorías y denominaciones de los cargos que hacen efectivo las entidades bancarias y financieras por sus productos.
Así, de acuerdo a una norma publicada el 29 de diciembre pasado, para el uso de tarjetas de crédito solo se permitirá el cobro de membresía anual, modificación de fecha de pago, reposición de tarjeta de crédito, duplicado de contrato u otros documentos, emisión de constancias, lo que incluye segunda constancia de no adeudo, así como constancias solicitadas por el cliente.
Los bancos podrán cobrar una comisión por servicios asociados a la tarjeta de crédito, como el uso del cajero automático, pago, retiro u otra operación a través de otra entidad o establecimiento autorizado y evaluación de pólizas de seguro endosadas.
La SBS precisó que el envío del estado de cuenta ya no será considerado como una comisión sino un gasto de mensajería.
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