Aquellos choferes que brinden el servicio de transporte terrestre sin contar con breve, serán sancionados con la retención de esta autorización hasta por 120 días, advirtió hoy la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).
Esta inhabilitación, regulada en un decreto supremo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que entró en rigor en diciembre del 2012, busca proteger a los usuarios en las vías nacionales.
En una primera oportunidad, el conductor infractor será castigado con 60 días de retención de su licencia, pero si reincide recibirá 120 días.
Otras faltas que serán sancionadas por la Sutran son conducir con licencia de categoría diferente a la requerida, falsear información o superar la edad máxima permitida (68 años).
En estos casos la reincidencia será sancionada con la retención de hasta por 30 días del brevete.
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