El Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex) junto con el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán mostraron este jueves su gran preocupación por el proyecto del nuevo Código Penal que sancionaría con 10 a 50 jornadas de trabajo comunitario a las mujeres que aborten tras ser víctimas de una violación sexual.
Si bien el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) se mostró en desacuerdo con las contrarreformas en la lucha contra la violencia familiar y sexual que estipula este proyecto de ley, no hizo mención sobre las sancionen que recaerían sobre una víctima de violación tras abortar.
[Código Penal: Ejecutivo advierte al Congreso que nuevo proyecto muestra puntos desproporcionados]
Sobre el delito de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hizo hincapié en que el Nuevo Código Penal sustituye la tipificación del delito “explotación sexual infantil” por el de “prostitución infantil”, teniendo en cuenta que un menor de edad no decide prostituirse, sino que es obligado a hacerlo.
“No existe prostitución infantil. Debemos llamar las cosas por su nombre, diferenciarlas y sancionarlas acorde a ello. En el caso que hayan involucrados menores de edad, siempre estaremos ante un delito de explotación sexual. El Perú, lamentablemente, es destino de turismo sexual, y hay figuras que no están siendo agravadas”, advirtió la ministra de la Mujer, Marcela Huaita.
Asimismo, el Acoso Sexual Callejero fue reconocido como una problemática en la Ley 30314, aprobada el año pasado en el Congreso. Sin embargo, si se aprobara esta nueva propuesta del Código Penal, se desprotegería a estas víctimas, pues se obliga que estas conductas sexuales en espacios públicos deban realizarse frente a terceras personas.
Finalmente, Promsex advirtió que la propuesta del nuevo Código Penal también afecta a la comunidad LGBT debido a que “elimina las categorías de orientación sexual e identidad de género como categorías protegidas frente a los delitos de discriminación, incitación a la discriminación y persecución”.
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