El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inició un procedimiento de oficio en contra de la Asociación Peruana de Autores y Compositores (Apdayc) por presunta infracción a la Ley de Derecho de Autor, al no aplicar un reparto equitativo de las regalías que administra entre los titulares de derechos pertenecientes a esa asociación.
La Comisión de Derecho de Autor del Indecopi notificó hoy (11 de octubre) a la citada asociación por presunta infracción al artículo 153°, literal K, del Decreto Legislativo 822, que establece que las sociedades de gestión colectiva deben aplicar una distribución bajo el principio de reparto equitativo, entre los titulares de obras, interpretaciones o producciones.
Tal medida fue adoptada luego de que la Comisión tomara conocimiento, a través de las denuncias públicas realizadas en las redes sociales y otros medios de comunicación, sobre presuntas irregularidades cometidas por Apdayc.
Así, la Comisión de Derecho de Autor ha requerido a Apdayc la documentación que sustenta la distribución realizada a los miembros de su Consejo Directivo vigente, así como a las empresas E.T. Music Publishing y E.T. Music Perú S.R.L.
Este procedimiento comprende la gestión realizada durante los años 2009, 2010, 2011 y 2012; debiendo Apdayc presentar sus descargos en el plazo de cinco días hábiles, de lo contrario, se le aplicarán sanciones de acuerdo a ley.
Cabe destacar que Indecopi, a través de la Dirección de Derecho de Autor, tiene facultades para inspeccionar, vigilar y fiscalizar a las entidades de gestión colectiva, de acuerdo a la Decisión Andina 351 de la Comunidad Andina de Naciones y al Decreto Legislativo Nº 822.
Esta no es la primera acción que el Indecopi emprende contra Apdayc. En cumplimiento de la legislación mencionada, entre los años 1997 y 2013, ha tramitado 45 procedimientos administrativos (de parte y de oficio) contra dicha sociedad de gestión colectiva, imponiéndole multas que superaron los S/.350,000 en total.
La sanción más grave fue haberse excedido en el gasto administrativo permitido por ley. Este hecho motivó su intervención, designándose una Junta Administradora Transitoria entre el 2005 y 2006.
La más reciente sanción ha sido la multa de 22 UIT por adquirir diversas frecuencias de radiodifusión, ya que dicha actividad no corresponde a su objetivo como sociedad de gestión colectiva y con ella perjudicó los intereses de sus asociados al emplear el dinero recaudado para adquirir estas radioemisoras.
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