El Ejecutivo promulgó hoy la Ley de Acogimiento Familiar (Ley 30162) que busca asegurar el crecimiento en un entorno familiar de aquellos menores que se encuentren en situación de abandono.
Esta norma permitirá que los familiares de los niños que no puedan vivir con sus padres, u otras familias sin vínculos consanguíneos con los menores, puedan cuidarlos de manera temporal para que se cumpla su derecho a vivir en una familia, antes de que sean derivados directamente a un hogar o albergue institucionalizado.
La directora ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif), Nancy Tolentino, manifestó que el piloto de este proyecto se viene trabajando desde el 2007 en su institución.
Mediante la ley se dispone que si un menor de edad se encuentra en estado de abandono, su familia extensa (abuelos del menor o parientes hasta el cuarto grado de consaguinidad) pueda acogerlo de manera temporal; y si esto no es posible, que el niño o niña sea cuidado por una familia de acogida, previa evaluación.
DATOS
- El programa del Inabif ha logrado insertar en familias acogedoras a 44 niños en situación de abandono.
- Los requisitos para acoger de manera temporal a un menor son: tener entre 25 y 60 años, contar con una vivienda adecuada (previa evaluación) y contar con el consentimiento de la familia
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