En estos casos, hay el concurso real de delitos. En primer lugar está el ejercicio ilegal de la profesión. Además, posiblemente haya de por medio el delito contra la fe pública. Pero el más grave es el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones graves, que puede acarrear hasta seis años de prisión. La cosa cambia si la víctima fallece. En esa situación se trataría de lesiones graves seguidas de muerte con homicidio, por lo que correspondería hasta 15 años de prisión. Obviamente, se debería imponer la sanción más grave. A los municipios les corresponde velar por el funcionamiento de los locales, porque son ellos los que dan la autorización. También está el Ministerio Público que, ante la denuncia de los medios de comunicación, puede intervenir de oficio. Del mismo modo, corresponde al Colegio Médico denunciar estos actos. Incluso podría intervenir el mismo Ministerio de Salud, porque se trata de un tema de protección de la salud.
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