La Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) permitirá a los propietarios inmovilizar, voluntariamente, la partida donde se encuentre inscrito un inmueble.
La medida tiene como fin evitar que terceros realicen transferencias, cargas o gravámenes en dicho predio.
La inmovilización regirá, máximo por 10 años. Si el dueño desea un plazo menor, deberá informarlo en una escritura pública. La solicitud de este trámite es gratuita.
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