Fabiana Sánchez
fsanchez@peru21.com
Si un menor de edad que está a su cargo dispone de una propiedad, usted puede vender ese bien de ser necesario.
Ernesto Martínez, director del portal www.abogadodefamilia.pe, refiere que el apoderado puede disponer de cualquier tipo de patrimonio, aunque se observa más transacciones de inmuebles.
“Cuando alguien menor de 18 años tiene un bien, su apoderado se encarga de administrarlo, pero si existe la necesidad de venderlo, hay que pedirle a un Juzgado de Familia que brinde esta autorización”, manifiesta.
TENGA EN CUENTA
Para que el juez acepte la solicitud, explica el experto, se debe justificar por qué se quiere vender el bien.
“El magistrado le dará el permiso siempre y cuando el dinero de la transacción sea utilizado para la salud del menor, para su educación o en el caso de que toda la familia se muda a otro país y no quieren contar con propiedades en el Perú”, precisa.
El especialista precisa que también es necesario pedir permiso cuando se quiere dar en alquiler ese patrimonio.
“Si el menor tiene edad para decidir, es probable que el juez le pregunte su opinión sobre esta operación”, asegura.
1. Partida
El apoderado debe presentar la copia de su DNI y la partida de nacimiento original del menor.
2. Gastos
Debe acreditar que no cuenta con los recursos para solventar los gastos o estudios del menor.
3. Papeles
Presente los títulos de la propiedad que venderá para corroborar que pertenecen al niño.
4. Prueba
Necesitará pruebas que acrediten que el dinero será utilizado en la salud o estudios del menor.
5. Testigo
Puede solicitar a algún familiar o amigo que testifique a favor de la necesidad de venta del bien.
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