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Entró en vigencia la Ley de Retorno

Los peruanos tendrán cuatro meses para solicitar beneficios a la Sunat, desde el momento en que regresan al país.

Esta ley regirá por tres años. (USI)
Esta ley regirá por tres años. (USI)

Desde ayer empezaron a regir los beneficios tributarios de la nueva Ley de Retorno y los peruanos tendrán cuatro meses para solicitarlos a la Sunat, desde el momento en que regresan al país. Así lo establece el reglamento de la citada norma, publicado ayer por el Ministerio de Economía.

Los beneficiarios –deben haber residido un mínimo de cuatro años en el exterior– no pagarán impuestos por internar bienes de menaje de casa (hasta por US$30 mil), vehículos (hasta por US$30 mil); maquinarias y bienes a utilizarse en su empresa (hasta por US$150 mil).

Para este último caso, el reglamento señala que la persona firmará una declaración jurada comprometiéndose a que, en doce meses como máximo, usará esos bienes en la empresa que emprenderá.

Deberán residir en Perú por lo menos tres años y podrán viajar por 30 días. Si se incumple alguna norma, se perderá el beneficio y la Sunat exigirá el pago de los impuestos.


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