Los trabajadores dependientes e independientes que se afilien a una AFP entre el 24 de setiembre y el 31 de diciembre deberán ingresar obligatoriamente a la que cobre la comisión más baja.
Los trabajadores dependientes e independientes que se afilien a una AFP entre el 24 de setiembre y el 31 de diciembre deberán ingresar obligatoriamente a la que cobre la comisión más baja.