Las multas ambientales ya no podrán ser frenadas vía demandas judiciales interpuestas por las compañías infractoras. Así lo establece un Decreto Supremo emitido ayer por el Ministerio del Ambiente.
Las multas ambientales ya no podrán ser frenadas vía demandas judiciales interpuestas por las compañías infractoras. Así lo establece un Decreto Supremo emitido ayer por el Ministerio del Ambiente.
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aplicó 257 resoluciones de procedimiento administrativo sancionador a empresas eléctricas, de gas natural, hidrocarburos, minería y pesquería.