Tras la escandalosa fuga de un menor de 13 años con una mujer de 25, la justicia ya está detrás del caso por el cual la mujer podría recibir una dura pena.
Con el respaldo de todas las bancadas políticas frente al solitario voto en contra de Heriberto Benítez y a contadas abstenciones, el Congreso modificó el artículo 162º del Código Penal, a efectos de sancionar con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años a quienes difundan comunicaciones privadas obtenidas a través de interferencias no autorizadas.