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Con nueva ley de MYPE empresas se podrán constituir en 72 horas

Martes 25 de agosto del 2009 | 08:55

Este trámite se podrá hacer a través de una plataforma virtual. El Ministerio de la Producción inició hoy una campaña para promover la formalización de estas empresas que son las principales generadoras de empleo.

La ministra Mercedes Aráoz presentó la campaña que lleva por eslogan : “No te pongas límites, aprovecha la Ley Mype y crece tú también”. (Min. de la Producción)
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Las Micro y Pequeña Empresa (MYPE) podrán constituirse ahora en solo 72 horas y el trámite podrá realizarse en forma virtual, según recordó hoy el Ministerio de la Producción en el marco del inicio de una campaña informativa para difundir la nueva Ley de Promoción y Formalización de las MYPE.

La titular de dicho portafolio, Mercedes Aráoz, destacó, asimismo, que la norma permite al Estado reservar el 40% de sus compras a favor de las MYPE

Como parte de esta campaña informativa se ha creado el portal www.crecemype.pe ., y el trámite para constituir una MYPE se podrá realizar a través de un formulario en línea (pulse aquí ).

En el país las MYPE son el 98.69 por ciento del total de empresas y las principales generadoras de empleo; sin embargo, una característica particular es su alto nivel de informalidad, que llega a 72.62 por ciento.

BENEFICIO PARA TRABAJADORES. Otro aspecto de esta nueva norma es que permitirá a los propietarios, trabajadores y familiares de las microempresas acceder al Sistema Integral de Salud (SIS) familiar aportando sólo el 50 por ciento de la afiliación, y el Estado apoyará con la diferencia.

El Estado también aportará una suma igual a la que haya aportado el trabajador de la microempresa, con ello se duplicará el fondo de jubilación.

La mencionada norma también permitirá que una MYPE tenga una planilla reducida y manejable, pues estará exonerada de aportar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones, asignación familiar, participación en las utilidades y póliza de seguro de vida (Régimen Laboral Especial).

Para la pequeña empresa se reconoce el pago del 50 por ciento de la CTS al año, hasta un máximo de tres remuneraciones; así como el pago del 50 por ciento de las gratificaciones de julio y diciembre.