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Empresas que no depositen CTS podrían ser multadas hasta con S/.37 mil

Solo tienen hasta el 15 de noviembre para cumplir con pago. Abogado laboralista Jaime Cuzquén informó que sanciones podrían aumentar en 2014.

Solo una parte del excedente se podrá retirar. (USI)
Solo una parte del excedente se podrá retirar. (USI)

Las empresas privadas tienen como plazo hasta el viernes 15 de noviembre para depositar a sus trabajadores el segundo pago anual de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Las firmas que no cumplan con ello podrían ser sancionadas hasta con S/.37 mil, indicó el abogado laboralista Jaime Cuzquén.

“Las multas oscilan entre S/.18 mil y S/.37 mil, dependiendo del número de trabajadores afectados por el incumplimiento del pago”, indicó Cuzquén a Canal N.

Además, señaló que el próximo año, con la implementación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) se aplicarían multas que van desde los S/.370 mil hasta los S/.600 mil.

¿CUÁNTO SE DEPOSITARÁ?
El cálculo de la CTS se realiza en función al sueldo que se percibe más un sexto de la gratificación, para luego dividirlo por 12 meses y multiplicarlo por seis meses.

Por ejemplo, si una persona tiene un sueldo mensual de S/.1,200, le corresponde recibir S/.700 de CTS.

Cabe indicar que las seis primeras remuneraciones son intangibles y solo una parte del excedente se podrá retirar.


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